Tradicionalmente, la responsabilidad penal de las personas jurídicas venía siendo negada (bajo el aforismo societas delinquere non potest), de modo que en los sistemas clásicos sólo se castigaba como autores de delitos a personas físicas.
Sin embargo, debido a la necesidad de evitar impunidades en el ámbito de la delincuencia socioeconómica, el Código penal español acoge desde 2010 un sistema de imputación de responsabilidad penal a personas jurídicas, sistema que luego fue reformado en 2015 y que plantea muchos problemas, tanto a nivel estrictamente penal, como procesal.
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