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Cursos y actividades

7 de noviembre de 2019

Jornada: ¿Qué hacer con los vecinos molestos?

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  • 7 de noviembre de 2019

Presencial
7 de noviembre de 2019

Jornada: ¿Qué hacer con los vecinos molestos?

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Cuando nos disponemos a comprar un piso en un bloque de viviendas, solemos preguntar a la inmobiliaria o al vendedor por el precio, metros cuadrados, orientación… pero no por las personas que viven o van a vivir junto a nosotros, bien porque es una información protegida por ley, o bien porque en un principio nos da igual. Como mucho nos informamos antes sobre la existencia de locales comerciales en los bajos.

La paz, la tranquilidad de nuestro hogar es un derecho protegido por los arts. 15 y 18 de la Constitución española. Existen ruidos en todos los barrios de una ciudad; según su procedencia podemos diferenciar los ruidos vecinales propiamente dichos, es decir, aquellos originados por instrumentos musicales, mascotas…; y los ruidos producidos por el desarrollo de actividades comerciales: bares, discotecas, industrias; entre estos últimos cabe destacar los típicos botellones en locales cerrados o abiertos.

Por ruido entendemos aquel sonido que por la hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad, nos perturba la tranquilidad o reposo o nos causa perjuicios o molestias. Por ello tiene una consideración diferente si este se produce en el período diurno, o en el período nocturno.

El Tribunal Supremo, en una Sentencia de fecha 5 marzo 2012, expresa abiertamente que se tiene derecho a no soportar el ruido, cuando es molesto, y sitúa este derecho entre los derechos fundamentales de las personas, concretamente el derecho a la intimidad personal y familiar.

Lugar y fechas
7 de noviembre de 2019
Espacios en los que se desarrolla: Sala Zueras
Lugar:

UNED Barbastro

On-line Aulas Sabiñánigo y Fraga


Horas
Horas lectivas: 4
Presencial
Esta actividad se desarrolla presencialmente.
Programa
  • jueves, 7 de noviembre
    • 16:00-16:15 h. Presentación
      • Francisco Bartol Hernández Ex-tutor del área de Derecho del Centro de la UNED de Barbastro
    • 16:15-17:45 h. El procedimiento penal. La denuncia o querella ante el juzgado por el grave riesgo que pueden ocasionar los ruidos a la salud.
      • José Alberto Grau Pérez Profesor-tutor de Derecho Penal en el Centro de la UNED de Barbastro, doctor en Derecho, abogado en ejercicio en los Ilustres Colegios de Abogados de Huesca y Lleida
    • 17:45-19:30 h. El procedimiento civil. Demanda reclamando no solo el cese de todos los ruidos molestos sino también los daños y perjuicios por culpa o negligencia.
      • Juan Francisco Herrero Perezagua Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Zaragoza
    • 19:30-20:00 h. Debate.
    Inscripción

    Elegir la sede de asistencia.

      Matrícula Ordinaria
    Aula Fraga 5 €
    Aula Sabiñánigo 5 €
    UNED Barbastro 5 €
    Ponentes
    Francisco Bartol Hernández
    Ex-tutor del área de Derecho del Centro de la UNED de Barbastro
    José Alberto Grau Pérez
    Profesor-tutor de Derecho Penal en el Centro de la UNED de Barbastro, doctor en Derecho, abogado en ejercicio en los Ilustres Colegios de Abogados de Huesca y Lleida
    Juan Francisco Herrero Perezagua
    Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Zaragoza
    Dirigido a
    Licenciados, graduados en derecho, trabajo social, sociología, estudiantes, y cualquier persona interesada en el tema.
    Objetivos
    Conocer la legislación existente sobre el ruido, especialmente la ordenanza municipal de nuestro pueblo o ciudad.
    Conocer los procedimientos jurídicos que pueden ser utilizados por los particulares para impedir que sus vecinos ruidosos le molesten de forma continua.
    Metodología
    Ante una situación ruidosa los particulares pueden utilizar tres vías:
    La vía civil. Según la Ley de Propiedad Horizontal, la comunidad de propietarios puede acudir al Juez de primera instancia, previo requerimiento al vecino que causa los ruidos.
    La vía penal. En casos graves, la comunidad de propietarios o bien el propio perjudicado también están legitimados para acudir a comisaría o al juzgado penal de guardia e interponer una denuncia por delito del artículo 325 del Código Penal.
    La vía administrativa. El perjudicado puede acudir al ayuntamiento de su localidad para interponer su denuncia a fin de que éste haga cumplir las Ordenanza municipal donde está regulado el ruido; si el Consistorio no resuelve en el plazo de tres meses (silencio administrativo), puede acudir a la vía contencioso administrativa. Incluso puede interponer un recurso de responsabilidad patrimonial de dicho ayuntamiento.
    Colaboradores

    Organiza

    UNED Barbastro
    Fundación Ramón J. Sender
    Más información
    UNED Barbastro
    C/. Argensola 60
    22300 Barbastro Huesca
    974 316 000 / info@unedbarbastro.es
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